LIMA · jueves, 8 de octubre de 2026Contacto
Noticias · Perú

Guía · Perú · 3 min de lectura

Las reglas de la publicidad del juego en línea en el Perú

La publicidad del sector regulado está acotada por el régimen de la Ley N.° 31557 y su Reglamento — y la promoción de plataformas no autorizadas entra en el frente de bloqueo.

Revisado por olga · versión 1

Dynamic city street scene featuring billboards and bustling traffic at CF Toronto Eaton Centre.
Fotografía de contexto para la guía reglas publicidad juego linea. Foto: Jonathan Cooper / Pexels
En esta guía

LA IDEA PRINCIPAL

La publicidad del juego regulado se rige por el marco de la Ley N.° 31557 y su Reglamento, que ordena la actividad autorizada; promover plataformas no autorizadas entra en el perímetro de la fiscalización y el bloqueo que el Mincetur ejerce con el MTC sobre la oferta ilegal en línea.

La publicidad es la frontera visible del juego regulado: donde el jugador se encuentra con la oferta. En el Perú el marco publicitario del sector se sostiene sobre la Ley N.° 31557 y su Reglamento — la misma norma que define quién puede operar acota también quién puede anunciar.

Publicidad dentro del régimen

La oferta que puede publicitarse con normalidad es la autorizada: titulares con autorización vigente explotando plataformas homologadas. El régimen pone la habilitación como condición previa — la publicidad de una operación legal es la prolongación de una autorización, no un derecho separado.

La frontera: promover lo ilegal

La Ley N.° 31557 faculta al Mincetur a exigir el bloqueo de direcciones URL, IP, páginas web, aplicaciones y medios de pago de plataformas no autorizadas — y la autoridad ha declarado haber logrado el retiro de contenidos y medios de pago de la oferta ilegal como parte de esa fiscalización. Promover una plataforma no autorizada la mete en el frente del bloqueo, no solo a ella sino a los canales que la difunden.

Publicidad según el estado de la oferta
OfertaEstado de la publicidad
Plataforma autorizada y homologadaDentro del régimen — prolongación de la autorización
Plataforma sin autorizaciónPerímetro de fiscalización y bloqueo — contenidos y medios de pago en retiro
El régimen sancionador y de bloqueo está en la Ley N.° 31557 y el D.S. N.° 005-2023-MINCETUR.

La lógica del régimen es sencilla y estricta: si la operación requiere autorización, promocionarla sin ella extiende la ilegalidad al canal. Por eso la autoridad ha tratado contenidos, medios de pago y difusión como parte del mismo frente de bloqueo — la publicidad es una de las vías por las que la oferta ilegal llega al usuario.

La verificación de diez minutos que evita el problema es siempre la misma: registro público de titulares, estado de la autorización, plataforma homologada. Tres consultas gratuitas que separan al anunciante regulado del que la autoridad está retirando del mercado.

Fuentes y documentos

  1. Ley N.° 31557 — texto oficial publicado por El Peruano ↗

    Diario Oficial El Peruano · Consulta: 7 oct. 2026

    Texto íntegro de la Ley N.° 31557 publicado en el portal de la DGJCMT.

  2. Decreto Supremo N.° 005-2023-MINCETUR — Reglamento de la Ley N.° 31557 ↗

    Mincetur · Consulta: 7 oct. 2026

    Texto oficial del Reglamento de la Ley N.° 31557 aprobado el 13 de octubre de 2023.

  3. Portal de juegos a distancia y apuestas deportivas — DGJCMT ↗

    Mincetur — DGJCMT · Consulta: 7 oct. 2026

    Portal oficial de la DGJCMT para el sector en línea: autorizaciones, registros, comunicados y legislación aplicable.

Este material se preparó con asistencia de IA. La revisión humana indicada arriba corresponde a esta versión.

Comunicar una corrección →