La DGJCMT emitió el 22 de abril de 2026 el Oficio Circular N.° 009-2026-MINCETUR/VMT/DGJCMT, sobre la presentación del Informe de Auditoría Integral de la Plataforma Tecnológica que exige el artículo 37, numeral p), del Reglamento de la Ley N.° 31557.
La disposición llega en un momento sensible del calendario regulatorio: las primeras autorizaciones del sector en línea, otorgadas tras la formalización de 2024, comenzaron a cumplir su primer bienio durante 2026, lo que puso a un grupo de titulares a plazo de presentar la auditoría que el reglamento exige cada dos años. Los titulares cuyas autorizaciones estaban próximas a cumplir su primer bienio eran los primeros en pasar por ese examen del sistema regulado.
Qué dispone el oficio
La norma de base exige que cada titular presente, cada dos años desde la obtención de su autorización, un informe elaborado por un laboratorio de certificación autorizado que acredite el cumplimiento de los Estándares Técnicos y de las disposiciones regulatorias aplicables a la plataforma.
El oficio amplía, por única vez y con carácter excepcional, hasta el 16 de agosto de 2026 el plazo de presentación para las autorizaciones próximas a vencer. En la fundamentación, la autoridad invoca los principios de razonabilidad, eficacia, debido procedimiento y seguridad jurídica del TUO de la Ley N.° 27444, la ley del procedimiento administrativo general.
El documento precisa, además, que la ampliación no constituye una modificación del plazo establecido para los periodos siguientes ni exime del cumplimiento de la obligación: el informe sigue siendo exigible y su frecuencia bienal permanece intacta. La decisión responde a una etapa concreta del ciclo regulatorio, no a un cambio de política de control. El texto completo del oficio está publicado como PDF en el portal de la autoridad. La decisión es excepcional y aplica una sola vez al universo de autorizaciones próximas a vencer.
Qué contiene el informe
El Informe de Auditoría Integral es el documento con el que un laboratorio de certificación registrado acredita ante la DGJCMT que la plataforma mantiene el cumplimiento de los Estándares Técnicos —incluida la generación de los reportes en línea— y de las obligaciones regulatorias vigentes. Su ausencia a plazo expone al titular al régimen sancionador.